datos bancarios
Despido disciplinario. Datos bancarios trabajadora.

Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social, de 8 de marzo de 2022.

En el presente caso, la trabajadora prestaba servicios para la entidad bancaria. La empresa le entregó carta de despido por entender que cometió irregularidades que constituyen faltas muy graves de apropiación, transgresión de la buena fe contractual, abuso de confianza e infracción de las normas de la empresa

Frente a esta decisión interpone demanda por despido. El juzgado de lo social estima la demanda y declara improcedente el despido al considerar inválida, por vulnerar derechos fundamentales, la prueba de auditoría aportada por la empresa para justificar los incumplimientos ya que, además de realizar una auditoría interna destinada a comprobar el cumplimiento regular de sus obligaciones en el puesto de trabajo, llevó a cabo una investigación pormenorizada sobre las cuentas corrientes de las que era titular.

Recurrida en suplicación por la entidad bancaria, el TSJ estima parcialmente el recurso y declara la procedencia del cese. Esta sentencia es recurrida en casación para la unificación de doctrina por la entidad bancaria. En primer lugar, el TS confirma la legitimación para recurrir de la empresa, a pesar de no haberse impugnado la declaración de procedencia del despido. Considera que concurre un interés legítimo dado que no sólo está en juego la amplitud de los poderes empresariales de control, sino de manera especial y principal, la posible exigencia de responsabilidades de todo orden por una actuación de la empresa que la sentencia recurrida ha calificado de atentatoria a derechos fundamentales del trabajador.

En cuanto a la validez de la prueba, el TS señala que la demandante mantiene una doble relación con la entidad bancaria, por un lado, como trabajadora de la misma y, por otro, como titular de un contrato de cuenta corriente. Recuerda que los datos que figuran en la cuenta corriente son datos de carácter personal y que la actora no ha prestado consentimiento para el tratamiento de sus datos bancarios con finalidades distintas a la de gestión del contrato bancario.

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