Derecho a disfrutar del permiso completo de cinco días por hospitalización, intervención, accidente o enfermedad grave

Derecho a disfrutar de la totalidad del permiso de cinco días por hospitalización, intervención sin hospitalización, por accidente o enfermedad grave, si tras el alta médica no se han agotado dichos cinco días y se ha prescrito reposo domiciliario al familiar o persona conviviente.

Sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, Sentencia núm. 18/2025, de 4 de febrero de 2025. 

El alta hospitalaria no determina, por si misma, la finalización de la licencia retribuida por hospitalización de familiares pues el Estatuto prevé expresamente un permiso de 5 días para los casos de «hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario», siendo equiparables los conceptos del asistencia continuada y reposo domiciliario a los efectos de disfrutar del correspondiente permiso ( STS 12-7-18) 

[…] el permiso de cinco días por hospitalización de parientes no puede ser interpretado en términos restrictivos, haciendo depender el mismo únicamente de la existencia de efectiva hospitalización y obviando la prescripción médica de reposo domiciliario».