Despido disciplinario declarado improcedente. Orden de alejamiento frene a la trabajadora que prestaba servicios en la misma empresa

TSJ Extremadura  03-12-2024. 

El  trabajador  fue condenado por un delito de maltrato de obra en el ámbito de la violencia de género ocurrido en su domicilio. La sentencia penal incluía la a prohibición de acercarse a la víctima a una distancia inferior a 200 metros de su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro que frecuentase, así como de comunicarse con ella por cualquier medio por un período, en ambos casos, de un año y 6 meses. 

La víctima del delito era también trabajadora de la misma empresa, lo que generó un conflicto de convivencia laboral que provocó la decisión de la empresa de extinguir el contrato de trabajo. 

En este sentido la Sala de lo Social del TSJ de Extremadura  ha establecido que la necesidad de cumplir la orden de alejamiento impuesta a un trabajador en sentencia penal condenatoria por un delito de violencia de género cometido contra una compañera no justifica el despido disciplinario. La empresa pudo haber adoptado medidas alternativas al despido para evitar el incumplimiento de dicha orden de alejamiento.